lunes, 4
de julio de 2016
Información
Inscripciones hasta el Domingo 10-07-2016
La Comisión Electoral que tiene a su cargo la organización del
proceso electoral para la elección de nuestro Consejo Comunal en Residencia Las
Rosas informa que las inscripciones se realizarán hasta el Domingo
10-06-2016. Se trabajará en el horario de 06 pm a 08 pm de Lunes a Viernes. La
Comisión estará atendiendo a los vecinos en el Pasillo Principal de
Residencias Las Rosas.
<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<<
Definiciones:
1.-Comunidad: núcleo espacial básico e indivisible
constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico
determinado vinculadas por características e intereses comunes.
2.-Ambito geográfico: es el territorio que ocupan los
habitantes de una comunidad.
3.-Base poblacional de la comunidad: es el número de habitantes
dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. El Consejo Comunal se
puede construitr en el ámbito urbano entre ciento cincuenta(150) y
trescientas(300) familias.
4.-Vocero o vocera: es la persona electa mediante proceso
de eleción popular a fin de coordinar el funcionamiento del Consejo
Comunal,la instrumentación de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos
y Ciudadanas.
5.-Proyectos Comunitarios: Es el conjunto de actividades con
concretas orientadas a lograr uno o varios objetivos, para dar respuesta a las
necesidades, aspiraciones y potencialidades de las comunidades.
(Definiciones-Art 4 de la Ley Orgánica de los Consejo Comunales)
<<<<<<<<<<<<<<<<<<
Los voceros y voceras de las unidades
que conforman el Consejo Comunal durarán dos años en sus funciones. Pueden ser
reelectos.
(Art.12-Ley Orgánica de los Consejos
Comunales)
<<<<<<<<<<<<<<
jueves, 30 de junio de 2016
El Comunitario
Ante la próxima creación del Consejo Comunal de Residencias Las
Rosas, hoy sale este blog con el nombre de El Comunitario. Será el vocero
de los residentes en la Torre A para llevarles la información
de todo lo relacionado con el proceso electoral para elegir nuestro Consejo
Comunal (CC). Es necesaria la participación de todos los habitantes de
esta comunidad, conocida como Las Rosas, porque este CC, por ley, está
obligado a trabajar en beneficio de todos los habitantes de
las Torres A, B y C.
<<<<<<<<<<<<<
ELEGIDA
COMISIÓN ELECTORAL PARA DESIGNACIÓN
DEL
CONSEJO COMUNAL DE RESIDENCIAS LAS ROSASk
En una asamblea de residentes en las Torres A-B y C fue
elegido el Equipo Electoral Provisional que se encargará de dirigir el
proceso electoral para nombrar el Consejo Comunal de Residencias Las Rosas. El
equipo quedó integrada por Nelly Corona, Marina Virgil, María Elena
Suárez y Celso Pacheco, en representación de las Torres A,B y C. El acto se
realizó en presencia de Carmen Vargas de Funda-comunal. De esta
manera se cumple la segunda fase del proceso de creación del Consejo
Comunal (CC), siendo la primera el censo de residentes en las tres torres, integrada
por 361 familias.
En
esta reunión se planteó, que es necesaria la creación de este CC para tener
acceso a los planes y programas que desarrollan los diferentes entes del
Estado. El artículo 59 de la Ley Orgánica de los Consejo Comunales señala que
“Los órganos y entes del Estado en sus relaciones con los consejo comunales
darán preferencia a la atención de los requerimientos que estos formulen y a la
satisfacción de sus necesidades, asegurando el ejercicio de sus derechos
cuando se relacionen con éstos. Esta preferencia comprende:
1.-Especial
atención de los consejos comunales, en la formulación, ejecución y control de
todas las políticas públicas.
2.-Asignación
privilegiada y preferente, en el presupuesto de los recursos públicos para la
atención de los requerimientos formulados por los consejos comunales.
3.-Preferencia
de los consejos comunales en la transferencia cde los servicios públicos.”
La
representante de Fundacomunal dijo a los presentes que el consejo comunal
de esta comunidad debe estar conformado en el placo de un mes.
<<<<<<
La Unidad Ejecutiva
El
artículo 27 de la LOCC, señala que la Unidad Ejecutiva es la instancia
del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación
organizada de los habitantes de la comunidad (…)se reunirá a fin de planificar
la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas,
así como conocer las actividades de cada uno de los comité y de las áreas de
trabajo.
La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas estará conformada por los y las
habitantes de la comunidad, mayores de 15 años, conforme a las disposiciones de
la presente Ley (Articulo 21-LOCC)
La
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas elige el número de voceros postulados de
acuerdo a la cantidad de comités de trabajo…tales como:
1.-Comité
de salud.
2.-Comité
de Tierra Urbana.
3.-Comité
de vivienda y hábitat.
4.-Comité
de economía comunal.
5.-Comité
de seguridad y defensa integral.
6.-Comité
de medios alternativos comunitarios.
7.-Comité
de recreación y deportes.
8.-Comité
de alimentación y defensa del consumidor
9.-Comité
de mesa técnica de agua.
10.-Comité
de mesa técnica de energía y gas.
11.-Comité
de protección social de niños, niñas y adolescentes.
12.-Comité
comunitario de personas con discapacidad.
13.-Comité
de educación, cultura y formación ciudadana.
14.-Comité
de familia e igualdad de género.
15.-Los
demás comités que la comunidad estime necesario.
<<<<<<<
26 de junio 2016
PRONTO
TENDREMOS CONSEJO COMUNAL
Un grupo de vecinos de Residencias Las Rosas está trabajando en la
conformación del Consejo Comunal de acuerdo a la Ley de los Consejos
Comunales, que en su Artículo 1° señala que “La presente Ley
tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración,
organización y funcionamiento de los consejos comunales y su relación con los
órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las
políticas públicas”
La misma Ley, en su Artículo 2°,establece que “Los consejos comunales en el
marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son
instancias de participación, articulación e integración entre las diversas
organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que
permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas
públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de
las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”
El Consejo Comunal que se está conformando, que se está organizando en las tres
torres A-B y C, que integran el Conjunto Residencial
Las Rosas llevará por nombre “Las Rosas de San José”. La organización de
este Consejo Comunal está relacionada con los Comités Locales de Abastecimiento
y Producción (CLAP), que constituyen una nueva forma de organización
popular encargada, junto al Ministerio de Alimentación, de la distribución casa
por casa de los productos regulados de primera necesidad.
-Con el CLAP se busca, en primer lugar garantizar que los alimentos
lleguen a las comunidades; en segundo lugar que las actividades productivas del
pueblo aumenten; y tercero, derrotar de manera definitiva la guerra
económica, declaró el Jefe del Gobierno del Distrito Capital, Daniel
Aponte
Es importante señalar que todos los residentes en este Conjunto
Residencial pueden ser miembros del Consejo Comunal.
Solo se requiere ser mayor de quince (15) años y estar inscrito en el
Registro Electoral, si es mayor de edad. La creación de este Consejo Comunal
traerá los beneficios del CLAP.
AR
No hay comentarios:
Publicar un comentario