lunes, 10 de octubre de 2016



lunes, 4 de julio de 2016

Información


Inscripciones hasta el Domingo 10-07-2016
    La Comisión Electoral que tiene a su cargo la organización del proceso electoral para la elección de nuestro Consejo Comunal en Residencia Las Rosas informa que  las inscripciones se realizarán  hasta el Domingo 10-06-2016. Se trabajará en el horario de 06 pm a 08 pm de Lunes a Viernes. La Comisión estará atendiendo a los vecinos  en el Pasillo Principal de Residencias Las Rosas.
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Definiciones:

1.-Comunidad: núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un  ámbito geográfico determinado  vinculadas por características e intereses comunes.
2.-Ambito geográfico: es el territorio que ocupan los  habitantes de una comunidad.
3.-Base poblacional de la comunidad: es el número de habitantes  dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. El Consejo Comunal se puede construitr  en el ámbito urbano entre ciento cincuenta(150) y trescientas(300) familias.
4.-Vocero o vocera: es la persona electa mediante proceso de eleción popular a fin  de coordinar el funcionamiento del Consejo Comunal,la instrumentación de las decisiones de la Asamblea  de Ciudadanos y Ciudadanas.
5.-Proyectos Comunitarios: Es el conjunto de actividades con concretas orientadas a lograr uno o varios objetivos, para dar respuesta a las necesidades, aspiraciones y potencialidades de las comunidades. (Definiciones-Art 4 de la Ley Orgánica de los Consejo Comunales)
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Los voceros y voceras de las unidades que conforman el Consejo Comunal durarán dos años en sus funciones. Pueden ser reelectos.

(Art.12-Ley Orgánica de los Consejos Comunales)



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jueves, 30 de junio de 2016
Editorial
El Comunitario

  Ante la próxima creación del Consejo Comunal de Residencias Las Rosas, hoy sale este blog con el nombre de El Comunitario. Será el vocero  de los residentes  en la Torre A para llevarles  la información de todo lo relacionado con el proceso electoral para elegir nuestro Consejo Comunal (CC). Es  necesaria la participación de todos los habitantes de esta comunidad, conocida como Las Rosas, porque este CC, por ley, está  obligado a trabajar  en beneficio de todos los  habitantes de las Torres A, B y C.
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ELEGIDA COMISIÓN ELECTORAL PARA DESIGNACIÓN
DEL CONSEJO COMUNAL DE RESIDENCIAS LAS ROSASk
    En una asamblea de  residentes en las Torres A-B y C    fue elegido el Equipo  Electoral Provisional que se encargará de dirigir el proceso electoral para nombrar el Consejo Comunal de Residencias Las Rosas. El equipo   quedó integrada por Nelly Corona, Marina Virgil, María Elena Suárez y Celso Pacheco, en representación de las Torres A,B y C. El acto se realizó  en presencia de Carmen Vargas  de Funda-comunal. De esta manera se cumple la segunda fase del proceso de creación del  Consejo Comunal (CC), siendo la primera el censo de residentes en las tres torres, integrada por 361 familias.
  En esta reunión se planteó, que es necesaria la creación de este CC para tener acceso a los planes y programas  que desarrollan los diferentes entes del Estado. El artículo 59 de la Ley Orgánica de los Consejo Comunales señala que “Los órganos y entes del Estado en sus relaciones con los consejo comunales darán preferencia a la atención de los requerimientos que estos formulen y a la satisfacción de sus necesidades, asegurando el ejercicio  de sus derechos cuando se relacionen con éstos. Esta preferencia comprende:
1.-Especial atención de los consejos comunales, en la formulación, ejecución y control de todas las políticas públicas.
2.-Asignación privilegiada y preferente, en el presupuesto de los recursos públicos para la atención de los requerimientos formulados por los consejos comunales.
3.-Preferencia de los consejos comunales en la transferencia cde los servicios públicos.”
  La representante de Fundacomunal dijo a los presentes que  el consejo comunal de esta comunidad debe estar conformado en el placo de un mes.
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    La Unidad Ejecutiva
El artículo 27 de la LOCC, señala que la Unidad Ejecutiva  es la instancia del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad (…)se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos  y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comité y de las áreas de trabajo.

   La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas  estará conformada por los y las habitantes de la comunidad, mayores de 15 años, conforme a las disposiciones de la presente Ley (Articulo 21-LOCC)

  La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas elige el número de voceros postulados de acuerdo a la cantidad de comités  de trabajo…tales como:
1.-Comité de salud.
2.-Comité de Tierra Urbana.
3.-Comité de vivienda y hábitat.
4.-Comité de economía comunal.
5.-Comité de seguridad y defensa integral.
6.-Comité de medios alternativos comunitarios.
7.-Comité de recreación y deportes.
8.-Comité de alimentación y defensa del consumidor
9.-Comité de mesa técnica de agua.
10.-Comité de mesa técnica de energía y gas.
11.-Comité de protección social de niños, niñas y adolescentes.
12.-Comité comunitario de personas con discapacidad.
13.-Comité de educación, cultura y formación ciudadana.
14.-Comité de familia e igualdad de género.

15.-Los demás comités que la comunidad estime necesario.

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26 de junio 2016

PRONTO TENDREMOS CONSEJO COMUNAL
     Un grupo de vecinos de Residencias Las Rosas está trabajando  en la conformación del Consejo Comunal de acuerdo a la  Ley de los Consejos Comunales, que en su Artículo  1°  señala  que “La presente Ley tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas”
     La misma Ley, en su Artículo 2°,establece que “Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”
     El Consejo Comunal que se está conformando, que se está organizando en las tres torres A-B y C,  que  integran  el Conjunto  Residencial Las Rosas  llevará por nombre “Las Rosas de San José”. La organización de este Consejo Comunal está relacionada con los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), que  constituyen una nueva forma de organización popular encargada, junto al Ministerio de Alimentación, de la distribución casa por casa de los productos regulados de primera necesidad.
       -Con el  CLAP se busca,  en primer lugar garantizar que los alimentos lleguen a las comunidades; en segundo lugar que las actividades productivas del pueblo aumenten; y tercero, derrotar de manera  definitiva la guerra económica, declaró el Jefe del  Gobierno del Distrito Capital, Daniel Aponte
        Es importante señalar que todos los residentes  en este Conjunto Residencial  pueden  ser miembros del   Consejo Comunal. Solo se requiere ser mayor de quince (15) años y estar inscrito en el  Registro Electoral, si es mayor de edad. La creación de este Consejo Comunal traerá los beneficios del CLAP.

AR




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